![]() |
CCT Comentado | ![]() |
30-06-2013 |
Vigencia del CCT |
Las partes acordaron su vigencia a partir del 30 de abril del 2013 y del 1° de mayo de 2013 para el acuerdo salarial. CUARTO: VIGENCIA.- El presente convenio colectivo de trabajo regirá, desde la fecha de firma del mismo, en sus condiciones generales, por tres años a contar de aquella. Sin perjuicio de ello, las cláusulas de contenido salarial tendrán una vigencia máxima de un año desde igual oportunidad. Las partes acuerdan, que se reunirán en el mes de abril de cada año, a fin de adecuar las pautas salariales pertinentes. Los acuerdos salariales tendrán vigencia desde la fecha y en los plazos que se establezcan.- Cualquiera de las partes contratantes podrá denunciar el presente convenio colectivo de trabajo con una anticipación no menor de 60 días de la fecha de vencimiento de su vigencia, a los efectos de iniciar las negociaciones colectivas tendientes a la concertación de una nueva convención. Queda establecido por el presente artículo la ultra actividad de todas y cada una de las cláusulas del presente convenio y de los acuerdos que hubieren celebrado UTSA y CESSI hasta que entre en vigencia una nueva convención entre las partes.
|
UTSA Trabajadores del Software |
Teléfono Te: (54-11) 4373 1140 Cel: (54-11) 15 3598 4680 Atención de lunes a viernes de 10 a 19 horas |
Dirección Lavalle 1578. 1º ”B”. CABA, Argentina. C.P 1048. |
Diseño web Diego Serrano & Asociados |
Email info@utsasoftware.org.ar |